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Productor-Asesor especialista en seguros de automóviles, le ofrece una variedad de productos con los mejores servicios del mercado. Podemos ofrecerle una cotización en todo tipo de seguros con la mejor ecuación costo / beneficio. Le ofrecemos atención e intervención personalizada para la pronta liquidación de siniestros. Tenemos un excelente asesoramiento legal ante siniestros con prestigiosos Estudios Juridicos.

Porque contratar un Seguro de Automóviles
La necesidad de contar con un Seguro de Automotores surge de:

  • La obligación establecida por la Ley de Tránsito N° 24.449, que exige la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil; y
  • La conveniencia de proteger el patrimonio del asegurado y/o conductor.

El objeto del Seguro de Automóviles
El Seguro de Automotores tiene por objeto:

  • Mantener indemne al asegurado y/o conductor por cuanto deba a un tercero como consecuencia de los daños y perjuicios causados por el vehículo asegurado o por la carga que transporta en condiciones reglamentarias, por hechos acaecidos en el plazo convenido, en razón de la Responsabilidad Civil que pueda resultar a cargo de ellos.
  • Indemnizar el daño que sufra el vehículo como consecuencia de:
  • Incendio
  • Robo y/o Hurto
  • Accidente  

¿Que cubren los Seguros de Automóviles?

I – Responsabilidad Civil:
Cubre los reclamos que pueda recibir como consecuencia de los daños causados a terceras personas o sus bienes, ya sean producidos por usted o por quien conduzca su automóvil, hasta el límite de cobertura que figura en la póliza.
Asimismo incluye el seguro obligatorio establecido por la Ley de Tránsito Nº 24.449.
Se consideran terceros a todas las personas que no sean familiares (cónyuges o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad) suyos y/o del conductor o socios o que esté en relación de dependencia laboral con el Asegurado y/o el conductor.
Cabe señalar que no cubre los daños a bienes de terceros cuando se encuentren en su poder, ni los reclamos por daños a terceros transportados a título oneroso, salvo que exista indicación en contrario en el frente de su póliza.

II – Coberturas del casco del automóvil:

Usted puede contratar alguno, algunos o todos los riesgos que se detallan a continuación.

Daños materiales
:
Cubre los daños materiales que sufra el vehículo asegurado a consecuencia de accidentes tales como ser roces, choques o vuelcos. Cubre, asimismo, los daños producidos por huelgas, lock-out, o tumulto popular (siempre que usted o el conductor no sea partícipe de dichos eventos).

Incendio:

El asegurador cubre los daños materiales sufridos por el automóvil como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego, explosión o rayo.

Robo o Hurto:

Cubre el robo y el hurto del automóvil o partes del mismo provistas en el modelo original de fábrica.
No se encuentra cubierto el robo y/o hurto de tasas de ruedas, tapas de radiadores, del tanque de combustible, escobillas y brazos limpiaparabrisas, espejos e insignias exteriores y herramientas, formen o no parte del equipo original de fábrica.
No está permitida la cobertura de robo y/o hurto del auto-stereo o equipo reproductor de sonido.

Conceptos a tener en cuenta

Coberturas Totales o Parciales:

Cada uno de los riesgos descriptos anteriormente (Daños Materiales, Incendio, Robo y/o Hurto) pueden ser cubiertos en forma parcial o total.

Resulta de especial importancia leer cuidadosamente la cláusula que define el DAÑO TOTAL, por cuanto hay dos modalidades en uso, a saber:

1) Se entiende que el daño es parcial, si el valor de realización de los restos de la unidad siniestrada supera el 20% del valor de venta al público al contado en plaza del vehículo asegurado, al momento del siniestro. Cuando el valor de los restos no supera el 20%, el daño se considera total.
2) Para algunas aseguradoras habrá perdida o destrucción total cuando el costo de reparación y/o reemplazo de las partes afectadas alcance o supere el 80% del valor del vehículo al momento del siniestro.

Valor del automóvil para el cálculo de indemnización

Valor del automóvil para el calculo de la indemnización:
Al momento del siniestro la aseguradora tomará como valor del vehículo, el valor de venta al contado en plaza de un vehículo de igual marca, modelo, año y características, con más los impuestos, tasas y contribuciones que pudieren corresponder.
El valor así determinado tendrá como tope la suma asegurada que se encuentra expresada en el frente de póliza o certificado de cobertura. En el caso de que en el contrato se haya pactado la cláusula de valor de reposición, el tope será el valor de venta al contado en plaza de un vehículo de igual marca, modelo, año y características, con más los impuestos, tasas y contribuciones que pudieren corresponder, consignado en el párrafo precedente.
Determinada la existencia de daño total, si la indemnización ofrecida resulta inferior a la suma asegurada, el asegurado tendrá opción a que se le reemplace el vehículo por otro de igual marca, modelo y características, haciéndose cargo además el asegurador de los impuestos, tasas, contribuciones y gastos inherentes a la registración del dominio a favor del asegurado.
 
Franquicias:
En los siniestros de robo o hurto y/o daños y/o Incendio puede existir una porción del siniestro que queda a cargo del asegurado y que se denomina «FRANQUICIA». Si el valor total del siniestro supera dicho monto, la aseguradora pagará la diferencia entre la franquicia y el valor total mencionado.
La franquicia, es decir el descubierto o participación a cargo del asegurado, debe estar consignada en el frente de póliza y en las condiciones generales.

Titularidad del Dominio:
Previo a la celebración del contrato, la aseguradora deberá exigir la acreditación de la titularidad dominial de los mismos.
El asegurador podrá pactar con el asegurado y/o tomador un plazo no mayor de treinta días a los efectos de dar cumplimiento a lo consignado precedentemente. Si transcurrido el mismo no se acreditare la titularidad del dominio, la cobertura quedará automáticamente suspendida hasta su efectiva acreditación, quedando la prima como penalidad en favor del asegurador.

Trabajamos con las siguientes compañías:

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Encuentrenos en nuestra oficina de Av Gaona 11024, Piso 3 (Colectora sur, Acceso Oeste Km 41)
Complejo 41. La Reja, Buenos Aires.

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